33 P.R. Dec. 444 | Supreme Court of Puerto Rico | 1924
emitió la opinión del tribunal.
Esta apelación lia sido interpuesta contra resolución del tribunal inferior que negó la expedición de un auto de cer-tiorari solicitado por el. apelante.
Se alegó en la solicitud para el auto de certiorari que el peticionario demandó en la corte municipal de San Juan, sec-ción primera, a Julio Gómez en cobro de pesos, habiendo sido hecho el emplazamiento al demandado por una persona particular y que después de enterado del contenido de la demanda se negó a recibirla: que registrada por el Secreta-rio sentencia en rebeldía del demandado y después de haber sido librada orden para ejecutarla el demandado solicitó de la corte municipal que dejara sin efecto su rebeldía y la sen-tencia, fundándose en que no tuvo conocimiento del pleito hasta que fué notificado de que se iban a vender sus bienes para cumplir la sentencia recaída y en que nunca recibió copia de la demanda ni fué notificado de ella en forma al-
La petición de certiorari fué jurada y en vista de los he-chos que contiene entendemos que la corte inferior abusó de su poder discrecional cuando se negó a expedir el auto interesado, por lo que su resolución debe ser revocada.