92 P.R. Dec. 229 | Supreme Court of Puerto Rico | 1965
La evaluación hecha por el psiquiatra con-sultor doctor Fernando Cabrera en relación con el recurrente Justino Rivera Cruz es que presentaba una “reacción esqui-zofrénica, no diferenciada, crónica.” Tal evaluación está pre-cedida de las siguientes conclusiones: “Al presente este indi-
Los elementos de prueba para relacionar la condición del recurrente con el trabajo que desempeñaba son escasos, va-gos e imprecisos. Apreciados en la forma más favorable es-tablecen que Rivera estuvo recluido en el Hospital de Psi-quiatría en el año 1947 por espacio de aproximadamente un año; que luego fue ingresado en 1948 por otro año adicional, en ambas ocasiones con el mismo diagnóstico de reacción esquizofrénica de tipo catatónico. Nuevamente, en febrero de 1963, fue admitido a dicha institución, siendo dado de alta en noviembre del mismo año. El paciente, quien había trabajado en la fundición aproximadamente durante 20 años,-informó que “mientras estaba-en-el taller se sintió inquieto, la cabeza le daba vueltas y notó que la mente le iba a fallar,
Es innegable que la esquizofrenia sobrevenida al recurrente sería compensable, aun aceptando su opigen no atribuible a causas del empleo, si se hubiese demostrado que las condiciones del trabajo en alguna forma precipitaron o propiciaron la recurrencia de la enfermedad mental preexis-tente. Feliciano Figueroa v. Comisión Industrial, 84 D.P.R. 196 (1961), contiene una excelente discusión de una situa-ción similar. En general, véanse, Hayes v. Garvey Drilling Co., 360 P.2d 889 (Kan. 1961); Carter v. General Motors Corp., Chevrolet G. & A. Div., 106 N.W.2d 105 (Mich. 1960); High Splint Coal Company v. Jones, 338 S.W.2d 208 (Ky. 1960); Schneider, Workmen’s Compensation, vol. 5, § 1411; Larson, Workmen’s Compensation Law, vol. 1, § 42.22. Una regla parecida hemos adoptado en relación con las enferme-dades del corazón, Vda. de Fernández v. Comisión Industrial, 85 D.P.R. 298 (1962). Sin embargo, hemos escudriñado la prueba que tuvo ante sí la Comisión Industrial, y en verdad ni con el espíritu de mayor liberalidad, podemos sostener que se demostrara que la condición actual del recurrente estuviera en alguna forma ligada al empleo. El mero hecho de que la labor le expusiera a altas temperaturas no es sufi-ciente ni se relacionó como una posible causa. Por eso, Gallart, Admor. v. Comisión Industrial, 85 D.P.R. 616 (1962), es distinguible.
Se confirmará la resolución dictada por la Comisión Industrial en 26 de octubre de 1961.