Rivera Ayala v. Core Ayala

110 P.R. Dec. 868 | Supreme Court of Puerto Rico | 1981

*869RESOLUCIÓN

Certiorari denegado.

Se impone al abogado de la parte recurrente, Sr. Rafael Pacheco Rivera, una sanción de $100 por frivolidad, para beneficio del Estado, que deberá hacer efectiva en la sala de instancia dentro de los 10 días siguientes al recibo del man-dato.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario. Los Jueces Asociados Señores Rigau y Dávila no intervinieron.

(Fdo.) Ernesto L. Chiesa

Secretario

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