37 P.R. Dec. 648 | Supreme Court of Puerto Rico | 1928
emitió la opinión del tribunal.
El apelante fué acusado ante la Corte de Distrito de San Juan con fecha 3 de septiembre de 1926 por portar ilegal-mento un arma prohibida. La vista del caso fué celebracia el 11 de febrero de 1927. En dicho día el acusado presentó una moción solicitando el archivo y sobreseimiento del caso por no haberse celebrado dentro de los 120 días a contar
La sentencia apelada debe ser revocada y sobreseerse en el proceso.