17 P.R. Dec. 607 | Supreme Court of Puerto Rico | 1911
emitió la opinión del tribunal.
En la Corte de Distrito de Ponce se presentó en 7 de diciembre de 1910 nna acusación contra José Silva por haber ofrecido en venta como pura, leche que estaba adulterada. El juicio se celebró en 21 de enero de 1911, y fue declarado culpable del delito que se le imputaba y condenado a sufrir trein-ta días de cárcel y las costas. Dos son los fundamentos de la apelación, a saber: que las pruebas son insuficientes para fun-dar en ellas un veredicto de culpabilidad, y que la sentencia es .contraria a la prueba.
Dos de los Policías que sospechaban que José Silva vendía leche sin licencia se pusieron en observación. Declaran estos policías que vieron a varias personas saliendo del depósito del acusado con cacharros y examinaron el cacharro de un muchacho el cual contenía leche; que también consiguieron según éstos refieren, que'un hombre fuera a comprar dos centavos de leche con la que ellos se quedaron. Declaran tam-bién que fueron a la tienda después, cogieron parte de la leche y tomaron tres muestras de la misma, dejando una de dichas muestras al acusado, conservando ellos una, y la otra entre-gándosela al inspector de sanidad.
Se ha admitido que la leche estaba adulterada. Alega el apelante, entre otras cosas, que gran parte de las declaracio-nes de los policías son de referencia. No se formuló objeción alguna en la corte inferior por ese fundamente. Cuando un
Confirmada.