44 P.R. Dec. 638 | Supreme Court of Puerto Rico | 1933
emitió la opinión del tribunal.
Juan Rodríguez era dueño de una finca de siete cuerdas ubicada en Hatillo. Otorgó-hipoteca sobre esta finca a favor de Severo Martínez. Al vencimiento de esta obligación, Mar-tínez inició uu procedimiento contra Rodríguez en la Corte Municipal de Arecibo y obtuvo sentencia contra este último. Al obtener sentencia, conforme admite el recurrente, el Már-sbal de la Corte Municipal de Camuy, por estar la finca si-tuada en Iíaiillo, vendió la misma sin que se anotara previa-mente un embargo en el Registro de la Propiedad. Cuando la escritura de venta judicial fué presentada al registrador de la propiedad, éste se negó a inscribirla debido a que la finca no había sido embargada previamente. El registrador se fundó en el caso de Rodríguez Soler v. Alonso, 37 D.P.R. 355, 356.
El recurrente sostiene que se trata de una acción que en-vuelve una hipoteca y, por consiguiente, que un embargo (attachment) previo no era necesario. La respuesta a esto, según demuestra el registrador, es que el pleito iniciado por Martínez contra Rodríguez era uno en cobro de dinero y no una acción real, en otras palabras, que se trataba de una ac-ción personal. Rosales v. Corte de Distrito, 33 D.P.R. 316. En su consecuencia, es claro que el acreedor al vender la finca no se fundaba en su gravamen hipotecario sino en el gravamen adquirido o que pudo adquirirse con motivo de la sentencia. Si el registrador estaba en lo cierto al sostener que un embargo previo era necesario en casos de esta natu-raleza, entonces su actuación al negarse a inscribir la venta, debería confirmarse definitivamente.
Examinando la escritura en este caso, hallamos que ésta habla de la venta de una finca como “hipotecada y embar-gada.”
Parecería que la palabra “embargo” en español ha sido usada en las cortes locales para significar “attachment” o “levy”. La escritura demuestra que la finca en realidad de verdad estuvo sujeta a un embargo; en otras palabras, “levied upon”, según se entienden estas palabras en el idioma inglés.
Debe revocarse la, nota del Registrador y hacerse la ins-cripción.