Giuliani v. Janer

21 P.R. Dec. 564 | Supreme Court of Puerto Rico | 1914

Desestimada la apelación por incumpli*565miento del artículo 229 del Código de Enjuiciamiento Civil, enmendado por ley No. 70 de marzo 9, 1911.

Abogado del apelante: Sr. Jacinto Texidor. El apelado compareció por escrito en nombre propio.