43 P.R. Dec. 218 | Supreme Court of Puerto Rico | 1932
emitió la opinión del tribunal.
Solicítase la desestimación de la apelación interpuesta en este caso, porque el alegato no cumple con las reglas de esta corte y porque el recurso es frívolo.
Examinado el alegato se encuentra que no contiene ex-posición alguna de los errores en que se funda el recurso. Deja de cumplir enteramente con lo prescrito en las reglas 42 y 43 del Reglamento de este tribunal, procediendo, en tal virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la regla 60 del pro-pio Reglamento, la desestimación del recurso.
Y esta resolución se impone aun con mayor fuerza cuando examinados los autos, el propio alegato de la parte apelante, la moción de desestimación y el alegato que la complementa, y oído' el informe oral del abogado de la parte apelada, único que compareció a la vista de la moción, surge claramente la frivolidad del recurso.
Debe la apelación desestimarse.