Ex parte Colón
8 P.R. Dec. 344 | Supreme Court of Puerto Rico | 1905
OPINIÓN DLL TRIBUNAL.
• Teniendo tioy los Jueces Municipales las funciones que antes tenían los Jueces de Paz respecto á delitos de “felonies” y “misdemeanors”, y visto el artículo 37 del Códi-go de Enjuiciamiento Criminal que exige que el manda-miento de detención esté firmado por el Juez, con su títu-lo. oficial, y careciendo de ese requisito esencial el manda-
Con lugar.