17 P.R. Dec. 947 | Supreme Court of Puerto Rico | 1911
RESOLUCIÓN.
Aparece de la solicitud, qué interpuesta 1 demanda de desahucio contra el peticionario en la Corte Mu-j nicipal, de Caguas, ésta falló a favor del peticionario, y que
El peticionario alega que el juez de distrito al dictar su sentencia, no apreció bien los hechos ni aplicó la ley recta-mente, pero no aduce que se haya cometido ningún error de procedimiento. Siendo esto así, de acuerdo con los términos claros y precisos de la ley para autorizar autos de certiorari, aprobada el 10 de marzo de 1904, leyes de 1904, página 123, no procede el ejercicio del recurso establecido.
En tal virtud, la solicitud se desestima.
Desestimada la solicitud.